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| JORNADA TÉCNICA |
JORNADA TÉCNICA REACH (4ª ed.) |
| OBJETIVOS |
El pasado 1 de Junio entró en vigor el Reglamento CE 1907/2006 REACH, publicado en el DOUE el 30 de Diciembre de 2006. Posteriormente, el 29 de Mayo de 2007 se publicó una nueva versión para corregir diversos errores.
El Reglamento REACH, de obligado cumplimiento en toda la UE desde su entrada en vigor, sin necesidad de su transposición al ordenamiento jurídico de cada Estado miembro, afecta a diversas actividades económicas además de la industria química. Establece la obligación concreta de registrar las sustancias químicas sintetizadas en la UE, por si mismas, formando parte de preparados o contenidas en artículos. También afecta a las sustancias producidas en el resto del mundo e importadas a los Estados miembros. El Reglamento también establece obligaciones para los consumidores de esas sustancias (formuladores de mezclas de sustancias, por ejemplo para fabricar detergentes o pinturas; fabricantes e importadores de artículos, por ejemplo para la industria del automóvil, etc).
La obligación concreta que primero se debe cumplimentar es el prerregistro de las sustancias en fase transitoria afectadas, durante un periodo de 6 meses, de Junio a Noviembre de 2008. Realizar este prerregistro permitirá a los fabricantes e importadores disponer de un amplio plazo de tiempo para cumplir con todas las obligaciones inherentes al registro, en función del tonelaje producido o importado (hasta Noviembre de 2010, Mayo de 2013 y de 2018). En caso contrario, la sustancia deberá ser registrada inmediatamente o clausurada su producción o importación. Tras el registro en los plazos establecidos y en función de la información suministrada, se iniciará un proceso administrativo, que, en algunos casos, tendrá importantes repercusiones en la continuidad de la producción, importación o uso de la sustancia implicada. Por otra parte, algunas sustancias estarán sujetas a un registro simplificado, la información requerida para el registro será menor a la necesaria en el caso general, y por tanto, su registro implicará recursos menores. La correcta definición de las sustancias afectadas y las condiciones técnicas exigidas permitirá optimizar los recursos de la organización para cumplir las obligaciones establecidas en su medida justa.
Además, también corresponde a los fabricantes e importadores la aplicación de la futura nueva clasificación de las sustancias químicas y sus mezclas conforme al sistema SGA, que deberá ser incluido en la solicitud de registro REACH a la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA), mediante el cual se clasifica las sustancias y sus mezclas como peligrosas en 28 clases y en un total de 79 categorías (clases de peligros físicos, para la salid, para el medio ambiente y peligros adicionales considerados en la UE), según el Sistema Globalmente Armonizado de clasificación de la ONU. Este Reglamento, tras su publicación en el DOUE y un periodo de transición establecido, dereogará las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE, traspuestas al ordenamiento jurídico español mediante los Reales Decretos 363/1995 y 255/2003 respectivamente. Además, las sustancias y mezclas deberán ser etiquetadas y envasadas conforme a normas específicas contenidas en la propuesta, que en algunos casos suponen variaciones sobre el sistema vigente.
La Jornada proporcionará información suficiente para analizar las diferentes obligaciones y adquirir los conocimientos necesarios para definir la estrategia a seguir en cada situación. Se analizarán los distintos tipos de sustancias implicadas y excluidas, la información que se debe presentar para el registro en cada caso y sus plazos, así como la información que se debe gestionar entre proveedores y receptores. Mediante sencillos casos prácticos se identificarán las obligaciones establecidas.
En definitiva, los conocimientos adquiridos en esta Jornada, permitirán a los asistentes tomar las decisiones necesarias para su posicionamiento estratégico ante REACH, ya que por ejemplo, podría ser la causa de una modificación de la Autorización Ambiental Integrada otorgada en función de la Ley IPPC o de importantes repercusiones económicas, en relación a la Ley de responsabilidad medioambiental. Además, debe tenerse en cuenta que REACH establece obligaciones reglamentarias concretas relativas al producto: registro y notificación de sustancias, documentación, etc, lo que coincide con el epígrafe 7.2.1.c de la norma ISO 9001:2000. Por lo tanto, es de gran importancia, que las empresas certificadas en ISO 9001 conozcan en detalle las fases de su implantación y los requisitos concretos que en él se establecen con vistas a la próxima auditoría interna de su Sistema de Gestión de la Calidad.
Los asistentes podrán plantear ejemplos concretos de aplicación para su comentario y discusión a lo largo de la Jornada.
Bibliografía:
- Fernández, J. "Aplicación estratégica del Reglamento REACH a la importación de sustancias químicas", Ingeniería Química, Noviembre, 452 (2007)
- Fernández, J. et al. “Análisis del Reglamento REACH: Recomendaciones prácticas para su aplicación en la producción de sustancias químicas”, Ingeniería Química, Abril, 446 (2007)
- Fernández, J. et al. “Análisis de la propuesta del Reglamento REACH (IV): Procedimientos de evaluación, autorización y restricción de determinadas sustancias”, Ingeniería Química, Enero, 431 (2006)
- Fernández, J. et al. “Análisis de la propuesta del Reglamento REACH (III): Procedimientos de registro de substancias y otras obligaciones asociadas”, Ingeniería Química, Diciembre, 430 (2005)
- Fernández, J. et al. “Análisis de la propuesta del Reglamento REACH (II): Ámbito de aplicación”, Ingeniería Química, Noviembre, 429 (2005)
- Fernández, J. et al. “Análisis de la propuesta del Reglamento REACH (I): Antecedentes y otras acciones internacionales”, Ingeniería Química, Octubre, 428 (2005)
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| DESTINATARIOS |
La correcta aplicación del Reglamento REACH requiere la coordinación de los diferentes departamentos de las actividades económicas afectadas. Por ejemplo, será una ventaja competitiva que tanto los departamentos de compras como de ventas dispongan de un conocimiento suficiente sobre las obligaciones establecidas, ya que esto redundará en una mejor relación con proveedores y clientes.
Los destinatarios de la Jornada son los Directores Generales, Directores de Producción, Responsables Técnicos, de Calidad, de Medioambiente, de Prevención de Riesgos Laborales, de Compras y Comerciales (industria química, farmacéutica, petroquímica, polímeros, cerámica, textil, importadores, distribuidores y mayoristas, etc), Asesores, Consultores Legales y Técnicos (servicios jurídicos, responsables de implantación de ISO 9001:2000, auditores internos, etc), y Organismos de Control Autorizados de las empresas afectadas.
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| DURACIÓN |
El programa se desarrollará durante cuatro sesiones de un total de 7 1/2 horas, además de descansos. En horario de mañana de 9:30 a 13:30 horas y en horario de tarde de 15:00-19:00 horas. |
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DESCRIPCIÓN Y CONTENIDO
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| 1 |
INTRODUCCIÓN ¿QUÉ ES REACH? |
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¿QUÉ ES, DE DONDE VIENE Y CUALES SON SUS FINES? |
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OBLIGACIONES CONCRETAS |
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¿QUÉ HABÍA ANTES DE REACH? |
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ESQUEMA SIMPLIFICADO DE APLICACIÓN Y SUS ETAPAS |
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DEFINICIONES DE INTERÉS |
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SANCIONES |
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¿QUÉ SE DEBE REGISTRAR? ÁMBITO DE APLICACIÓN GENERAL Y SUS EXCEPCIONES |
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GENERALIDADES |
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SUSTANCIAS EXCLUIDAS |
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CASOS PARTICULARES DE REGISTRO |
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PRÓRROGA PARA SUSTANCIAS EN INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO |
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| 3 |
¿CÓMO SE HA DE REALIZAR EL REGISTRO? |
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OBLIGACIONES DE LA AUTORIDAD COMPETENTE DE CADA ESTADO MIEMBRO |
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REGISTRO GENERAL DE SUSTANCIAS |
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DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR E INFORMACIÓN QUE DEBE CONTENER: FUTURO SISTEMA SGA |
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OTROS CASOS DE REGISTRO |
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PRESENTACIÓN CONJUNTA DE REGISTROS |
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| 4 |
¿CUÁNDO Y DONDE SE DEBE REALIZAR EL REGISTRO? AUTORIDADES COMPETENTES |
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PLAZOS DE REGISTRO |
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LA AGENCIA EUROPEA DE SUSTANCIAS Y PREPARADOS QUÍMICOS |
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TASAS |
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LA AUTORIDAD COMPETENTE DE CADA ESTADO MIEMBRO |
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| 5 |
¿QUÉ PASA TRAS EL REGISTRO? PROCESO ADMINISTRATIVO |
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EVALUACIÓN DE PROPUESTAS DE ENSAYOS Y DE CALIDAD DEL EXPEDIENTE |
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EVALUACIÓN DE LA SUSTANCIA. PLANES MÓVILES |
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AUTORIZACIÓN Y RESTRICCIÓN |
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GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN |
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USUARIOS INTERMEDIOS |
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| 6 |
CONCLUSIONES. POSIBLES ESCENARIOS FUTUROS |
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CASOS PRÁCTICOS |
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RELACIÓN REACH & IPPC & RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL |
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PREGUNTAS FRECUENTES |
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Calendario Y Precios
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Calendario y horario |
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Martes, 29 de enero de 2008 |
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mañana de 09:30 a 13:30 horas y tarde de 15:00 a 19:00 horas
Hotel NH Alcalá, Alcalá 66, Madrid. |
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BEQUINOR también dispone de este curso en su modalidad In-Company. Consulte fechas e importe. |
| | Hasta el 18 de enero inclusive* Desde el 19 de enero |
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Importe del curso |
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Miembros 252 € (más 16% IVA) |
280 € (más 16% IVA) |
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No miembros 351 € (más 16% IVA) |
390 € (más 16% IVA) |
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Estos precios incluyen la documentación del curso y la comida |
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*La inscripción será efectiva en la fecha de la transferencia bancaria
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Profesorado |
Julio R. Fernández
Químico Industrial
Director de Innovación, Desarrollo e Ingeniería, S.L.
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Inscripción |
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BEQUINOR |
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c/ Alcalá, 119, 4º Izquierda 28009 Madrid |
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Teléfonos |
91 577 68 47/ 91 575 54 66 |
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Fax |
91 435 16 40 |
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Correo electrónico |
reach@bequinor.org |
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La inscripción se realizará remitiendo a BEQUINOR el formulario correspondiente (fax o e-mail), acompañado de una copia del justificante de la transferencia efectuada a la cuenta bancaria:
3172-0001-79-9015255765 indicando el nombre del asistente y “Jornada REACH”.
Las cancelaciones deben ser comunicadas por FAX a BEQUINOR. Para cancelaciones recibidas antes del 18 de enero, será devuelto el 80% del importe abonado, reteniéndose el 20 % en concepto de gastos de gestión. Si son recibidas con posterioridad a esa fecha, se retendrá el 100% de la cuota. BEQUINOR se reserva el derecho de modificar las fechas de celebración del curso o de anularlo. En este caso, se devolverán las cuotas abonadas | |
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