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 mayo 21, 2013
  
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Boletín de noticias Bequinor
Publicaciones Díaz de Santos
Tipos de Formación

JORNADA

El marcado CE del usuario que constituye conjuntos de máquinas o líneas automatizadas

 

OBJETIVOS

Para optimizar la productividad, es una práctica muy frecuente entre usuarios de maquinaria automatizar el proceso productivo y hacer que varias máquinas que trabajaban sueltas pasen a hacerlo coordinadas, es decir, que cada una de ellas vaya alimentando las máquinas sucesivas. Para ello, es habitual hacer modificaciones en las máquinas y añadir, por ejemplo, expulsores y transportadores de piezas, células robotizadas, etc. Esta práctica es perfectamente legítima; lo único que hay que hacer es entender bien sus implicaciones y actuar en consecuencia.

 

Con esta práctica se crea una nueva máquina cuyo fabricante acostumbra ser el usuario. En efecto, empezando por la primera de las afirmaciones, la creación de una nueva máquina, debe tenerse en cuenta que la cuarta definición de máquina en la directiva 2006/42/CE es: “Un conjunto de máquinas y/o de cuasi máquinas que, para llegar a un mismo  resultado, estén dispuestas y accionadas para funcionar como una sola máquina. Está pues claro que, al juntar máquinas individuales, nace una nueva máquina, diferente de cada una de las máquinas individuales. Como toda nueva máquina, debe cumplir la directiva 2006/42/CE (no únicamente el RD 1215/1997): evaluación del riesgo, requisitos esenciales, marcado CE, declaración CE de conformidad…

 

En estas actuaciones no es frecuente que el usuario de la máquina disponga de un “fabricante” en el sentido clásico del término, que acepte su responsabilidad entregando la correspondiente declaración CE de conformidad de la máquina “conjunto de máquinas”. En tal caso, es de aplicación el último párrafo de la definición de fabricante en la directiva 2006/42/CE que, después de asociar el término “fabricante” a la asunción de responsabilidad dice: “En ausencia de un fabricante en el sentido indicado, se considerará fabricante cualquier persona física o jurídica que comercialice o ponga en servicio una máquina o una cuasi máquina cubierta por la presente Directiva”.

 

¿Y quién pone en servicio esa nueva máquina?: El usuario.

 

Este criterio, que con la directiva 98/37/CE se venía admitiendo por consenso (y así estaba recogido en la correspondiente Guía de aplicación de la directiva 98/37/CE) pero cuya aplicabilidad podía ser discutible, ahora es incuestionable: está contenido en una norma legal, el real decreto 1644/2008, de transposición de la directiva de máquinas. La Guía de aplicación de la directiva 2006/42/CE, disponible en la web de la Comisión europea, corrobora explícitamente lo dicho.

 

A diferencia de una máquina clásica individual, en el expediente técnico de un conjunto de máquinas no hay que “entrar” en cada una de las máquinas individuales que, amparadas por su declaración CE de conformidad o su justificación de cumplimiento del RD 1215/1997 (si su puesta en servicio es anterior al 1.1.1995) se suponen correctas; lo que hay que analizar es la integración de las máquinas individuales para que funcionen como una sola máquina. Para los conjuntos de máquinas el expediente técnico debe contemplar, entre otros, aspectos tales como:

 

●         Situaciones peligrosas debidas a:

         La integración de las máquinas;

         La alteración de las medidas preventivas en las máquinas;

         Los cambios en la utilización de las máquinas;    

●         El alcance de mando de los dispositivos que lo tienen;

●         Las zonas de intervención.

 

Al acabar el seminario el asistente ha de estar en condiciones de redactar el expediente técnico que sirva de base de justificación para el marcado CE  de la nueva máquina formada por el conjunto de máquinas (la línea automatizada) y la emisión de la Declaración CE de Conformidad..

 

METODOLOGÍA

El enfoque es eminentemente práctico, por lo que, después de realizar una introducción para entender las implicaciones legales, se propone un caso práctico que se va desarrollando a lo largo del seminario. Ese caso práctico de expediente técnico del conjunto de máquinas puede servir de “plantilla” para futuras actuaciones de la persona asistente.

 

DESTINATARIOS

     Personal de mantenimiento de maquinaria compleja e instalaciones automatizadas.

     Personal de mantenimiento, producción o ingeniería de planta que pueda, eventualmente, convertirse en “fabricante” de un nuevo equipo.

     Personal de instalaciones industriales automatizadas responsable de la utilización, diseño y/o modificación de sus propias instalaciones o equipos de trabajo.

     Responsables del diseño y fabricación de maquinaria, especialmente maquinaria compleja o de alto riesgo.

     Responsables de producción e ingeniería de usuarios de maquinaria industrial.

     Ingenierías e ingenieros industriales que asesoren a los usuarios y fabricantes de maquinaria.

     Responsables de prevención de riesgos laborales.

     Técnicos en prevención de riesgos laborales.

     Usuarios en general de maquinaria industrial.

 

DURACIÓN

 

El programa se impartirá en un seminario de 8 horas de duración, en horario de mañana de 9:30 a 14:00 h. y de tarde de 15:00 a 19:00 h.

DESCRIPCIÓN Y CONTENIDO DE LOS MODULOS Minimizar

1.         Breve exposición del marco legal aplicable.

2.         La Directiva de Máquinas y los requisitos esenciales de seguridad y salud.

3.         El Expediente Técnico.

4.         Normas armonizadas de seguridad de máquinas.

5.         El expediente técnico del conjunto de máquinas:

     Determinación de los límites del conjunto de máquinas

     Identificación de situaciones peligrosas debidas a:

             La integración de las máquinas;

             El emplazamiento de las máquinas;

             La alteración de las medidas preventivas de las máquinas.

     Análisis y evaluación de riesgos.

     Zonas de intervención.

     Medidas de protección y zonas controladas.

             Alcance de mando de los dispositivos que lo tienen;

             Resguardos y requisitos que deben cumplir;

             Dispositivos de protección y requisitos que deben cumplir;

     Indicación del estado de resguardos y dispositivos de protección anulados.

6.         Coloquio final.

  
Calendario Y Precios Minimizar

Calendario, horario y lugar de celebración

Calendario: 25 de abril de 2012

Horario: mañana 9:30 a 14:00 h. y tarde de 15:00 a 19:00 h.

 

Hotel NH Alcalá, calle Alcalá 66, Madrid

Importe de la Jornada

 

Asociados

Hasta el 11 de abril inclusive (10% descuento)

   270 €  + 18 % IVA = 318,60 €

 

 

No Asociados

   405 €  + 18 % IVA = 477,90 €

                       Desde el 12 de abril

Asociados

   300 €  + 18 % IVA = 354,00 €

 

 

No Asociados

   450 €  + 18 % IVA = 531,00 €

Estos precios incluyen la documentación de la Jornada y la comida de trabajo.

  • Libro de ponencias (papel y CD).
  • Caso práctico con plantilla modelo de expediente técnico de conjunto de máquinas.
  • Lista de comprobación de principios de eficacia probada generalmente admitidos.
  • Relación actualizada de normas de tipo A y B para dar presunción de conformidad con los requisitos esenciales.
  • Listado de normas armonizadas.

 

Ponente

D. Alfonso de Victoria Pou

Ingeniero Industrial, consultor y formador independiente, exjefe de Seguridad de Productos Industriales en la Subdirección General de Seguridad Industrial de la Generalitat de Catalunya.

 

Inscripción

BEQUINOR

 

c/ Alcalá, 119, 4º Izquierda 28009 Madrid

Teléfonos

91 577 68 47
91 575 54 66

Fax

91 435 16 40

Correo electrónico

bequinor@bequinor.org // maria.rodriguez@bequinor.org

La inscripción se realizará remitiendo a BEQUINOR el formulario correspondiente (fax o e-mail), acompañado de una copia del justificante de la transferencia efectuada a la cuenta bancaria:

0234-0001-09-9015255765 indicando el nombre del asistente y "Marcado CE usuario".

Fecha límite de inscripción: 20 de abril. El número de plazas está estrictamente limitado.

La inscripción será efectiva exclusivamente tras la confirmación de la transferencia.

Las cancelaciones deben ser comunicadas por FAX a BEQUINOR. Para cancelaciones recibidas antes 11 de ABRIL, será devuelto el 80% del importe abonado, reteniéndose el 20 % en concepto de gastos de gestión. Si son recibidas con posterioridad a esa fecha, se retendrá el 100% de la cuota. BEQUINOR se reserva el derecho de modificar las fechas de celebración del Seminario o de anularlo. En este caso, se devolverán las cuotas abonadas.